Cooperativa Integral Entalpía (C.I.E.)

C.I.E.

El objeto social de C.I.E. (Cooperativa Integral entalpía) es el de desarrollar actividades y proyectos enfocados al bien común, la solidaridad y la sostenibilidad, para mejorar la vida de soci@s y familiares.

Los principios que la rigen son:

- Empleo justo, igualitario y cooperativo.

- Salud preventiva, energética con terapias naturales.

- Economía social, circular y local.

- Protección de la calidad ambiental y conservación del medio natural.

- Fomento de energias renovables.

Además se podrán ofrecer productos y servicios a no socios gracias al trabajo desarrollado por los socios comunes de trabajo.

TIPOS DE SOCIOS

Podrán participar todas aquellas personas físicas o jurídicas que deseen aportar su trabajo así como sus recursos, productos, servicios o información al Proyecto Entalpía.

Cada Persona podrá ser admitida como socio/a o asociado/a.

 

Los SOCI@S pueden ser de dos tipos:

  • SOCIOS COMUNES. Son aquellos que realizan plenamente la actividad cooperativizada y ostentan el derecho esencial a participar en la gestión social con arreglo a lo establecido en los Estatutos Sociales y en la Ley.

  • COLABORADORES. Contribuyen de algún modo a la consecución y promoción del fin social

 

Los Socios comunes pueden

  • Dirigir proyectos y actividades. Trabajadores (con nómina) y no trabajadores.
  • Participar como consumidor o usuario de los proyectos y actividades.

 

Los ASOCIAD@S son aquellos que no ostentan la condición de socio y tienen derecho a realizar aportaciones al capital social.

 

 

C.I..E. es una cooperativa sin ánimo de lucro.

 

CAPITAL

Las aportaciones al capital pueden ser obligatorias o voluntarias.

La aportación obligatoria mínima varía en función del tipo de socio:

  • Para los socios trabajadores: 1.000 €.
  • Para los socios que dirigen proyectos o actividades (no trabajadores): 500 €.
  • Para los socios consumidores y usuarios: 40 €.

 

VOTOS

La suma total de votos de los ASOCIADOS no puede superar el 40 % de la totalidad de los votos de los socios existentes en la Sociedad Cooperativa en la fecha de la convocatoria de la Asamblea General.

La suma total de votos de los COLABORADORES no puede superar el 30 % de la totalidad de los votos de los socios existentes en la Sociedad Cooperativa en la fecha de la convocatoria de la Asamblea General.

SECCIONES

Cada sección contará con su propia junta de socios y órgano de administración y con su propio régimen interno que será desarrollado y actualizado por los socios integrantes de cada sección